6 de noviembre de 2014

EL GENERAL FANJUL Y LA REPÚBLICA.





Fanjul ante el Tribunal Supremo
Joaquín Fanjul Goñi, excombatiente en la guerra de Independencia Cubana (1895-1898), fundador de Unión Militar Española, ascendido a general de brigada por el dictador Primo de Rivera, comandante en 1935 de la VI División Orgánica (Burgos), Subsecretario del Ministro de la Guerra, José María Gil-Robles, General jefe de la Comandancia General de Canarias, diputado por Cuenca, tras el triunfo del Frente Popular fue cesado según el Dictamen de la Comisión de Actas, quedando sin mando de tropa y destinado forzoso en Madrid, no dudo en alienarse con los militares rebeldes para conspirar contra la República y ponerse de inmediato a las ordenes del “director”, el general Emilio Mola.

El 19 de julio de 1936 tomó el mando en el Cuartel de la Montaña de Madrid. Recuperado el cuartel por las milicias republicanas, fue detenido y encarcelado. La República había capturado con vida al máximo responsable de la conspiración en Madrid, para él se exigía la pena máxima del código militar del ejército por Rebelión y Traición Se le juzga por rebelión militar el 15 de agosto de 1936, resultando condenado a muerte y fusilado dos días más tarde.

La llegada de Fanjul al Cuartel de la Montaña tiene lugar a las doce y media de la mañana del día 19, vistiendo de paisano, procedió a tomar inmediatamente el mando, arengando a los allí encerrados, una vez que hubo desarmado y arrestado a todos los soldados y mandos contrarios a la rebelión militar, al Alzamiento según los fascistas. Más tarde, Fanjul redactó el bando de guerra que debería leerse por la calles de Madrid, declarando el estado de guerra. Al no tener lugar la salida de las tropas, el bando, redactado y compuesto en la imprenta del cuartel, quedó inédito, los madrileños nunca tuvieron que leerlo. Su texto era el siguiente:

El Ejercito español, dispuesto a salvar a España de la ignominia y dispuesto a que no sigan gobernando bandas de asesinos ni organizaciones internacionales, toma por plazo breve la dirección política de España, con el exclusivo objeto de mantener el orden público y el respeto a la propiedad y a las personas. Para la eficacia de este propósito, yo, general de División, tomo el mando de la Primera orgánica del Ejército y 


ORDENO Y MANDO:


Artículo 1º. Queda declarado el estado de guerra en todas las provincias de Castilla la Nueva, dependiendo de mi autoridad todas las fuerzas armadas y todos los organismos políticos y administrativos del Estado. 
Artículo 2º. Se prohíbe la formación y circulación de grupos de más de tres personas, los cuales serán disueltos por la fuerza si se resistieran a la primera intimación. 
Artículo 3º. Serán considerados como rebeldes o sediciosos los que traben combate con la fuerza pública y cuantos, uniformados o sin uniforme, lleven armas.
Los porteros serán considerados como autores de auxilio a la rebelión cuando hayan permitido la entrada en las fincas a personas que hayan realizado acto de agresión a la fuerza pública. 
Artículo 4º. Queda prohibida la publicación de todos los periódicos y revistas, de cualquier clase que sean, necesitando para aquella permiso expreso mío. Las radios no publicaran más noticias que las que ordene  mi autoridad, y al principio y al fin de sus emisiones transmitirán la Canción del Soldado. 
Artículo 5º. Todos los delitos contra las personas, contra la propiedad o la fuerza pública, cualquiera que sea la calidad de quien los cometa, estará sometido a los preceptos del Código de Justicia Militar de 1930, considerándose como delitos de lesa patria y juzgados en juicio sumarísimo. 
Artículo 6º. Se constituirá en esta División, con carácter permanente, un Consejo de Guerra para juzgar y condenar  a quienes realicen actos de los indicados, y a los que no han sentido en el fondo de su alma el santo estímulo de la defensa de España. 
Artículo 7º. Quedan prohibidas todas las reuniones, mítines, conferencias, manifestaciones públicas y juntas generales que no reciban autorización expresa de mi autoridad. 
Artículo 8º. Quedan disueltos todos los Sindicatos marxistas, que serán clausurados, incautándose el Gobierno de la documentación. 
Artículo 9º. Se declaran incautados y a mi disposición todos los automóviles de carga, viajeros y particulares; motocicletas y vehículos de todas clases, quedando prohibida toda circulación rodada en el interior de las poblaciones y en las carreteras mientras los conductores no se provean de la licencia especial desde las diez de la noche, solo circulará la fuerza pública. 
Artículo 10º. Las fuerzas de Policía y demás cuerpos dependientes de la Dirección General de Seguridad serán consideradas como fuerzas del Ejército, poniéndose a mis órdenes. 
Para evitar un día de luto al pueblo de Madrid, espero que todos colaboraran a la obra de patriotismo que inicia el Ejército, quien no sale de sus cuarteles combatiendo a ningún régimen sino a los hombres causantes de la situación actual, que lo han deshonrado. 
Exhorto a todos los obreros a que mantengan una actitud patriótica de acatamiento, porque este movimiento tiende, en primer término, a librarlos de la dictadura de los hombres que les rigen, y que les están sumiendo en la mayor miseria. ¡Tened presente, obreros españoles, que el Ejército, cuya masa sale de vuestras filas y por cuyas venas corre vuestra sangre, no os abandonará en la obra de justicia que hay que realizar! 
¡Viva España!  ¡Viva la República!  ¡Viva el Ejército! 
Joaquín Fanjul

El vitor a la República parece extraño. Más la rebelión militar comenzó con la bandera tricolor, hasta que en agosto fue adoptada la bicolor, que ya habían lucido por su cuenta los requetés de Navarra. El general Orgaz, encargado del mando en Canarias, se dirigió a los isleños vitoreando a la República -20 de julio de 1936-, y añadió que ese vítor, con otro dedicado a España, debían sustituir a los considerados antipatrióticos; es decir, desde los nacionalistas –Vasconia y Cataluña- hasta los marxistas y anarcosindicalistas. En La Gaceta de África -20 de julio de 1936- , al informar sobre la toma de posesión del mando en el Protectorado por el general Franco, vuelven a aparecer en el radiograma literal transmitido desde Tetuán sendos vítores a España y a la República. 

El bando de Fanjul puede ser considerado como clásico en lo que se refiere a las disposiciones ordenadas, sin embargo contiene expresiones, amenazas y soflamas que solo pueden ser producto del fanatismo más exacerbado unido a una posición netamente fascista y manipuladora. El contenido del Artículo 10º vino a dar cuerpo e inspirar todos y cada uno de los discursos pronunciados durante la dictadura. La calificación del Frente Popular de bandas de asesinos, incluida en el preámbulo del bando, siempre formó parte inseparable de la historia escrita por los franquistas.

A pesar del tiempo transcurrido y de lo dispuesto en la Ley de Memoria Histórica, Madrid sigue teniendo una avenida con el nombre del General Fanjul, del general que la quiso someter por la fuerza de las armas.

Benito Sacaluga.


Imagen: Madrid: rompeolas de todas las batallas.
Fuentes: La Guerra civil en Madrid. Matilde Vázquez y Javier Valero. Ediciones Giner. (1978) y Madrid, julio/36. Maximiano García Venero.Ediciones Tebas (1973)

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