28 de marzo de 2014

ESPAÑA HA DEJADO DE SER CATÓLICA (1931)






La frase que da titulo a este artículo la pronunció por primera vez Manuel Azaña. Así interpretó de forma resumida la aprobación del texto que se convirtió en el artículo 26 de la Constitución Española de 1931:
Artículo 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. 
El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas. 
Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero. 
Quedan disueltas aquellas Ordenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado.  Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes. 
Las demás Ordenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases: 
   1. Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado.
   2. Inscripción de las que deban subsistir, en un Registro especial dependiente del Ministerio de justicia.
   3. Incapacidad de adquirir y conservar, por sí o por persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destinen a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privativos.
   4. Prohibición de ejercer la industrial el comercio o la enseñanza.
   5. Sumisión a todas las leyes tributarias del país.
   6. Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación.
 
   Los bienes de las Ordenes religiosas podrán ser nacionalizados.
Paralelamente quedaban afectadas cuestiones tan importantes como la libertad de conciencia, la libertad de cultos, la regulación del matrimonio, del divorcio y la educación. Instaurada la dictadura la Iglesia Católica recobró todos sus privilegios, unos privilegios que se mantienen hoy en día. Nuestra actual Constitución (1978) lo permite en su Artículo 16.

La frase de Azaña fue interesadamente utilizada por la IC, los monárquicos y la derecha católica española, calificándola como la expresión que daría paso a una pretendida persecución religiosa, olvidando deliberadamente que Azaña se refería a la extinción de la confesionalidad católica del estado español dejando plena libertad a los ciudadanos para la práctica de la religión católica, opción y derecho que además quedaban garantizados en la recién aprobada Constitución a través de su Artículo 27:
Artículo 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español, condicionadas exclusivamente al respeto debido a las exigencias de la moral pública.
Desde antes que la Constitución de 1931 fuese aprobada, ya durante los debates parlamentarios, la Iglesia Católica (IC), puso en marcha todos sus mecanismos de poder para que el Estado español siguiera siendo confesionalmente católico y que además cualquier otra práctica religiosa fuese prohibida por ley. El laicismo de la República fue contestado por el integrismo radical del cardenal Pedro Segura, intimo del rey, quien a los pocos días de la proclamación de la República en una pastoral afirmaba: "Cuando los enemigos del reinado de Jesucristo avanzan resueltamente, ningún católico puede permanecer inactivo". Segura se exilio en Roma, cuatro meses más tarde vuelve a España siendo detenido y expulsado del país. Documentos intervenidos ponen de manifiesto que el cardenal había cursado instrucciones a todas las diócesis, en los que se facultaba a los obispos a vender bienes eclesiásticos y a que el dinero obtenido fuese invertido en títulos de deuda extranjera para eludir así en buena medida una posible expropiación por parte del Estado. A Segura le sustituye el cardenal Isidro Gomá y Tomás radicalizando aún más la oposición a la leyes republicanas y manifestando una continua repulsa contra cualquier intervención de la sociedad civil en el campo de la IC. Siempre al lado de Franco durante la Guerra, suya es la frase : ¿La guerra de España es una guerra civil? No; es una lucha de los sin Dios contra la verdadera España, contra la religión católica. Su defensa de la sublevación militar la hizo especialmente patente el uno de julio de 1937 en su "Carta colectiva de los obispos españoles a los obispos de todo el mundo con motivo de la guerra en España" y autorizó que el levantamiento militar se calificase oficialmente como "Cruzada".

Es tiempo ahora de citar los incidentes que en los primeros momentos de la nueva República se produjeron en España relacionados con las tan difundidas informaciones sobre quema de conventos e iglesias católicas. Es importante recordar que la postura republicana sobre la IC fue extremadamente moderada desde el inicio, tal y como lo refleja la declaración oficial efectuada por el Gobierno Provisional de la República al día siguiente de su proclamación:
El Gobierno provisional hace pública su decisión de respetar de manera plena la conciencia individual mediante la libertad de creencias y cultos, sin que el Estado, en momento alguno, pueda pedir al ciudadano revelación de sus convicciones religiosas
al mismo tiempo se promovía a un católico como Niceto Alcalá Zamora para la Presidencia del Gobierno y al también católico Miguel Maura para la importante cartera de Gobernación.

Fue en el mes de mayo coincidiendo con la inauguración en Madrid del Circulo Monárquico Independiente cuando se produce el detonante de la situación que desemboca en los incendios de los edificios de la IC. El fundador del Círculo y director de ABC, Juan Ignacio Luca de Tena, acababa de regresar de Londres donde mantuvo una entrevista con el destronado Alfonso XIII para valorar la fundación de un partido netamente monárquico que se presentase a las inminentes elecciones generales. Una inauguración a la que asistían monárquicos y altos representantes de la derecha española y en cuyo transcurso se tuvo la "feliz idea" de colocar un gramófono en el alfeizar de una de las ventanas que daban a la calle Alcalá, por la que en ese momento transitaba un  numeroso grupo de viandantes festejando la proclamación de la II República, y hacer sonar a máximo volumen la "Marcha Real". Las consecuencias se concretaron en un altercado de grandes proporciones en el que murieron dos personas a causa de los disparos de la Guardia Civil. Al día siguiente se incendió un edificio propiedad de los jesuitas seguido de varias decenas más y Gobernación declaró el estado de guerra en Madrid. A medida que las tropas fueron ocupando la capital, los incendios cesaron. Al día siguiente, martes 12 de mayo, mientras Madrid recuperaba la calma, la quema de conventos y de otros edificios religiosos se extendía a otras poblaciones del este y el sur peninsular, salvo en aquellas poblaciones donde los gobernadores civiles y los alcaldes actuaron con contundencia desde el primer momento. Diez, once, doce y trece de mayo fueron los días en los que se llevaron a cabo los incendios.  Actualmente y a pesar del tiempo transcurrido no está clara la autoria de los incendios, se especula con grupos de posiciones anarquistas radicales y de la extrema izquierda. Parte importante de la responsabilidad se hace recaer en el Gobierno por no tomar desde un primer momento las medidas adecuadas a la situación, no obstante y teniendo en cuenta la extrema gravedad de la decisión nada más conocer la extensión real del problema se procedió a declarar el estado de guerra en Madrid e intervenir sin miramientos, decisión que si bien se demoró una horas fue justificada razonablemente por el presidente Alcalá Zamora en evitación de que se produjese un autentico baño de sangre y así lo manifestó públicamente el día siguiente 11 de mayo a través de la radio. Desde el Vaticano el Papa Pio XI imputaba responsabilidades al Gobierno de España por no haber impedido que los sucesos se produjeran. Unos sucesos que histórica e injustamente se han atribuido a la República en términos generales en lugar de a unos grupos extremistas cuya intención era empujar al Gobierno a llevar a cabo una política también extremista en lugar de la moderada que practicaba. En definitiva una injusta, pero conveniente para la derecha y monárquicos, atribución de responsabilidades al colectivo republicano, que de forma insistente se ha venido alimentando hasta nuestros días y que me temo se seguirá llevando a cabo por parte de la derecha española.

Nunca aceptó la IC la legalidad española nacida en 1931. Los obispos españoles antes de la aprobación definitiva de la nueva Constitución manifestaron públicamente: "La Constitución que se elabora, sólo por lo ya votado, no es ni será nuestra, de los católicos. No estamos dentro de ella, llegando a considerar su propuesta laica como una declaración de guerra a los católicos, tampoco la derecha española toleró la total laicidad del estado español, en los debates previos a la aprobación del Art.26, el líder de Acción Nacional José María Gil Robles advertía:
(1)Nosotros entendemos que el proyecto constitucional, tal como viene redactado es un proyecto de persecución religiosa y, por consiguiente, nosotros en estas condiciones no podemos aceptarlo... Afirmamos que, dentro de la legalidad, sin violencias, sin apelaciones a la fuerza, sin guerras que nuestra doctrina nos prohíbe, declararemos hostilidad al proyecto de Constitución en la hipótesis que se aprobara una medida persecutoria, tanto en el texto constitucional como en potencia para el porvenir; que, desde el momento en que se aprobara un texto de esta naturaleza, por nuestra parte declararíamos abierto un nuevo periodo constituyente.
Una vez aprobado el artículo (en total 178 votos a favor y 59 en contra)  el presidente del Gobierno Provisional Niceto Alcalá-Zamora (católico-liberal) y el ministro de la Gobernación Miguel Maura presentaron su dimisión al estar en completo desacuerdo con su contenido y Azaña pasó a ocupar el cargo de presidente del Gobierno Provisional.

De forma inmediata la derecha católica, monarquicos y la IC iniciaron movilizaciones y pactos liderados por Gil Robles para que una vez aprobada la Constitución y celebradas elecciones conseguir una mayoría suficiente, al mismo tiempo que lanzaban consignas populistas como "comunismo o civilización cristiana" con la colaboración de la IC desde los púlpitos. Una vez alcanzada la mayoría parlamentaria el paso siguiente sería modificar la Constitución y devolver a la IC sus poderes y privilegios. La IC por su parte, desde el Vaticano negó su conformidad al nuevo embajador español Luis de Zulueta.  Transcurridos tres días desde la aprobación del Artículo, el papa Pío XI envió un telegrama a los obispos españoles en el que protestaba “enérgicamente” por “las múltiples ofensas inferidas a los derechos sagrados de la Iglesia, que son los derechos de Dios y de las almas”, protesta que fue secundada por todos sus destinatarios y produciéndose declaraciones afirmando que el laicismo privaba al hombre de la “verdad y la ley de Cristo”, sin tener en cuenta que la laicidad republicana para nada impedía a los españoles la práctica de la religión católica, ni de ninguna otra.

Una vez aprobada la nueva Constitución y formado gobierno era el momento de aplicar la ley. Se procedió a inventariar las propiedades de los jesuitas en España, trabajo que puso de manifiesto que la mayoría de las propiedades estaban puestas a nombre de testaferros o sociedades independientes. Al intentar el Gobierno expropiar dichos bienes se encontró con la oposición de la IC en los tribunales, representada jurídicamente por Gil-Robles, esgrimiendo documentación en la que se "demostraba" que la IC era simplemente un inquilino de los inmuebles que el Estado pretendía expropiar.

Si se suprimió el control de la IC sobre los cementerios, que pasaron a ser propiedad de los Ayuntamientos y se autorizó el enterramiento sin discriminación alguna de los "no catolicos". En febrero de 1932 se aprobó la Ley del Divorcio, figura hasta esa fecha exclusiva de la IC y se estableció la consideración del matrimonio como un contrato civil no sometido a la jurisdicción de la IC.

(2) La Jerarquía y el clero católico no trataron de adaptarse al nuevo modus vivendi –el Concordato suscrito entre España y la Santa Sede en 1851 era papel mojado desde la aprobación de la Constitución republicana– y se crearon o impulsaron nuevas acciones destinadas a contrarrestar las medidas que, a su entender, lesionaban sus derechos. Las disposiciones más importantes fueron: la creación  de una caja central en cada diócesis para pagar al clero; el seguimiento de la enseñanza de la religión católica en las parroquias para compensar el por ellos considerado déficit formativo que podía originarse en las escuelas públicas y el impulso notable de Acción Católica como modo de penetración social del pensamiento y de la fe cristianas a través de los bautizados laicos.

La aprobación de la Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas en junio de 1933, cuya principal consecuencia fue regular la prohibición de ejercer la enseñanza a los religiosos, supuso la ruptura definitiva del dialogo entre gobierno e IC. El Vaticano emitió una contundente protesta y Pio XI no dudó en promulgar una encíclica ese mismo mes de junio (Dilectissima nobis) condenando a la República Española e instando a la sociedad católica española a la lucha en defensa de la fe:
...Ante la amenaza de daños tan enormes, recomendamos de nuevo y vivamente a todos los católicos de España, que, dejando a un lado lamentos y recriminaciones, y subordinando al bien común de la patria y de la religión todo otro ideal, se unan todos disciplinados para la defensa de la fe y para alejar los peligros que amenazan a la misma sociedad civil.
De forma totalmente anárquica el Vaticano situaba la fe por encima de las leyes civiles. Las consecuencias de la encíclica fueron inmediatas. El clero mostró una actitud defensiva, de resistencia y clara oposición frente a la legislación republicana. Los sacerdotes se convirtieron en un elemento fundamental de desestabilización del régimen republicano, induciendo a los fieles a rechazar la política del gobierno y a participar en las movilizaciones en su contra por medio de sermones, hojas parroquiales, publicaciones y colaboraciones con los partidos católicos. Carlistas, integristas, monárquicos de Renovación Española y Acción Española. la Asociación Católica Nacional de Propagandistas y Acción Católica darían paso a la creación de la CEDA (Confederación Española de Derechas Autónomas) aglutinando a 19 partidos y con Gil-Robles al frente, agrupación que en el caso de ganar las primeras elecciones lo primero que tenía previsto hacer sería convocar nuevas elecciones a Cortes Constituyentes (ABC 06/06/1931). Dos años más tarde el triunfo de las candidaturas de centro y de derecha en las elecciones de noviembre de 1933 pusieron fin a las reformas de carácter laicista. La CEDA, partido de orientación cristiana de derechas, dejó en suspenso la ley de congregaciones y órdenes religiosas, de modo que éstas mantuvieron sus colegios y la enseñanza de la religión. En cambio, no se modificaron sustancialmente el conjunto de leyes aprobadas en el bienio anterior porque se deseaba antes establecer conversaciones con la Santa Sede con el fin de firmar un nuevo Concordato, sometiendo así las leyes españolas a las instrucciones recibidas desde el Vaticano.

A modo de necesario argumento fue tomando cuerpo en la sociedad española el debate laicismo-anticlericalismo destinado a tratar de calificar la laicidad republicana como una persecución religiosa en toda regla, idea esta que aún permanece arraigada en el seno de la sociedad española. La República no pretendía acabar con la IC como tantas veces se ha dicho desde puntos de vista conservadores y desde la propia IC, las iniciativas legislativas perseguían acabar con las injerencias clericales en los asuntos de estado y en la libre educación de los españoles, junto con la desaparición de las ayudas económicas y privilegios fiscales de la IC, en justa equiparación con el resto de creencias religiosas. La República consideraba que el poder político debía mantenerse neutral ante todas las creencias religiosas y por tanto conseguir una autentica separación iglesia catolica-estado imprescindible para hacer realidad el respeto efectivo al resto de comuniones religiosas y además llevar a cabo la modernización del país instrumentado medidas a semejanza de las ya establecidas en Gran Bretaña y Francia desde finales del siglo XIX. Desde una perspectiva histórica se ha admitido que "el republicanismo perseguía unos fines que difícilmente pueden ser criticados aunque a veces errara en los medios, mientras que los católicos ni siquiera tenían a su favor la irreprochabilidad de sus fines"(3)

Terminada la Guerra Civil, la IC no solo recuperó todos sus privilegios sino que los incrementó considerablemente hasta el punto de disfrutar de hegemonía en todos los aspectos de la vida pública y privada del pais. Se acuñó el término nacionalcatolicismo para dar nombre a la restauración religiosa, un nacionalcatolicismo que compartió con el nacionalsindicalismo el reparto de poderes durante el franquismo. Ya a finales de los 50 el Opus Dei comenzó a sentarse en los consejos de ministros, permaneciendo en ellos hasta la actualidad en los periodos en que la derecha ejercía el Gobierno sin excluir al actual. Con el lema franquista "Por el Imperio hacia Dios" se establecieron las bases para que, con la ayuda incondicional del Vaticano, Franco fuera obteniendo el reconocimiento internacional a su régimen dictatorial. No es hasta 1978 cuando el término nacionalcatolicismo queda aparcado, en estado latente pero no desaparecido. La Constitución de 1978  define a España como un estado aconfesional, no obstante e inexplicablemente pasa a punto seguido a establecer que constitucionalmente entre España y la IC deben existir "relaciones especiales". Unas relaciones especiales que a mi modo de ver vulneran el espíritu democrático de nuestra carta magna  al conceder a la IC privilegios frente a otras religiones, privilegios que a nivel general, para nada ni para nadie, deben ser contemplados en  una Constitución plenamente democrática.


Benito Sacaluga.


(1) Santos Juliá Diaz.
(2) José Luis González Gullón.Universidad de Navarra
(3) Manuel Aragón
Otras fuentes consultadas: Revista Pasado y Memoria nº2.Universidad de Alicante.

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